
Sentencian a exalumno del IPN por pornografía infantil tras crear imágenes de sus compañeras
Diego “N”, exalumno del Instituto Politécnico Nacional (IPN), fue sentenciado a cinco años de prisión por el delito de trata de personas en su modalidad de pornografía infantil, tras utilizar inteligencia artificial para manipular imágenes de sus compañeras y crear contenido sexual falso. La lectura de la sentencia se realizó el 21 de mayo de 2025, aunque fue dictada una semana antes.
El fallo —aunque simbólicamente importante— no abarca el daño completo que Diego “N” cometió contra decenas de mujeres. La sentencia está relacionada con el almacenamiento de imágenes sexuales de menores, pero no con la comercialización del contenido, ni con la violencia digital que inicialmente detonó el caso.
¿Qué hizo Diego “N”?
En octubre de 2023, estudiantes de la Escuela Superior de Comercio y Administración (ESCA) Santo Tomás del IPN denunciaron públicamente que Diego “N” había extraído fotografías de redes sociales para generar imágenes sexuales falsas de sus compañeras usando inteligencia artificial. En algunos casos, los contenidos fueron compartidos y, presuntamente, vendidos.
Las autoridades encontraron en sus dispositivos más de 166 mil fotografías y 20 mil videos digitalmente alterados. Al menos el 40% de ese material correspondía a alumnas del IPN, muchas de ellas menores de edad. A raíz de estas denuncias, el IPN expulsó de manera definitiva a Diego “N”, y el caso dio lugar a una serie de protestas y exigencias de justicia encabezadas por estudiantes organizadas.
¿Por qué no se aplicó la Ley Olimpia?
Aunque el caso fue impulsado con base en la Ley Olimpia, una serie de reformas para tipificar y sancionar la violencia digital, su aplicación efectiva ha demostrado ser compleja. Como señaló la abogada Valeria Martínez Mondragón, representante de varias víctimas, los delitos digitales suelen cometerse en espacios privados, sin testigos y sin evidencia física directa, lo que dificulta la integración de pruebas sólidas.
De hecho, en diciembre de 2024, Diego “N” fue absuelto por el juez Francisco Salazar Silva en un proceso por violencia digital, quien consideró que el contenido encontrado en su iPad no era suficiente para probar el delito contra la intimidad sexual. Las alumnas respondieron con un comunicado donde calificaron la decisión como una forma de complicidad institucional, acusando al juez de ignorar sus voces, sus pruebas y su verdad.
¿Qué más enfrenta Diego “N”?
La reciente condena no cierra el caso. Diego “N” tiene siete carpetas de investigación adicionales abiertas: seis por violencia digital y una más por pornografía infantil, en la cual fue vinculado a proceso en abril de este año. Aunque ya fue absuelto en dos procesos previos, las investigaciones siguen activas, y la defensa de las víctimas ha solicitado la apelación del fallo actual, exigiendo una pena más severa.
La abogada Martínez había solicitado una condena de 12 años por cada víctima en la primera fase del juicio, que involucraba a dos alumnas. Hasta ahora, ninguna de esas demandas ha sido reconocida en su totalidad por el sistema judicial.
Un precedente, pero no justicia plena
Este caso ha dejado claro que la violencia digital es real, grave y estructural. Y aunque la condena por pornografía infantil representa un precedente legal relevante, todavía está lejos de significar justicia para todas las víctimas. En palabras de la Asamblea Colectiva Justicia Digital IPN, “las violencias de género se adaptan a las tecnologías más rápido que las leyes o los jueces”.
En un país donde, según la activista Olimpia Coral Melo, el 43% de las víctimas de violencia digital son universitarias, este caso visibiliza una problemática creciente que requiere no solo reformas legales, sino un cambio de paradigma judicial con verdadera perspectiva de género y justicia digital.