Precedente judicial: protestar contra la violencia de género no es delito

Luis Alberto “N” buscaba que el Estado lo indemnizara por supuestos daños morales y psicológicos, derivados luego de ser denunciado penal y socialmente en marzo del 2017 por el delito de violación equiparada agravada, aprovechamiento de confianza y acoso. El tribunal resolvió que su reclamo era improcedente y carente de sustento

Victoria Legaria 26-05-2025 / 17:25:59

El Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito con sede en Naucalpán, Estado de México negó el amparo solicitado por Luis Alberto “N”, exestudiante del Departamento de Economía y trabajador de la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM), Unidad Azcapotzalco, así como exalumno del CIDE, donde cursaba una maestría con beca del SECIHTI (antes CONACYT) al momento de su detención. Luis Alberto “N” buscaba que el Estado lo indemnizara por supuestos daños morales y psicológicos derivados luego de ser denunciado penal y socialmente en marzo del 2017 por el delito de violación equiparada agravada, aprovechamiento de confianza y acoso. El tribunal resolvió que su reclamo era improcedente y carente de sustento.


Esta resolución no solo representa una victoria judicial para la denunciante, sino también un precedente relevante en la lucha contra la criminalización de las sobrevivientes de violencia sexual, quienes en diversos procesos han enfrentado represalias legales por atreverse a denunciar a los agresores. En 2018, Luis Alberto “N” denunció por discriminación e incitación al odio a la joven que lo acusó de violación, a una profesora altamente destacada por su labor como criminóloga y su trabajo en estudios de género que le brindó respaldo público y al propio Rector de la Universidad, en una clara estrategia para revertir su posición de agresor y presentarse como víctima. Esta práctica, lamentablemente frecuente, busca amedrentar jurídica y socialmente a las denunciantes, desgastarlas y obligarlas al silencio.


Desde el 28 de enero de 2025, Luis Alberto “N” está vinculado a proceso penal por violación agravada y permanece recluido desde el 23 de enero del mismo año. Su intento de exigir reparación del daño al Estado y a la Universidad fue desestimado judicialmente. El tribunal reafirmó que las medidas tomadas por la Universidad fueron legítimas y necesarias para garantizar la seguridad de la denunciante y de otras mujeres de la comunidad universitaria.


Lo que este fallo visibiliza es mucho más que un rechazo legal: es un reconocimiento a la legitimidad de la protesta y del derecho de las mujeres a denunciar, incluso dentro de contextos institucionales que suelen proteger a los agresores.


La denunciante, estudiante de la División de Ciencias y Artes para el Diseño de la UAM Azcapotzalco, se vio obligada a abandonar sus estudios por seguridad, luego del acoso incesante por parte del agresor, omisiones institucionales y represalias. Aunque la Universidad emitió algunas medidas emergentes, lo cierto es que la ausencia de un protocolo claro de atención a la violencia de género la dejó en vulnerabilidad. Pese a ello, su denuncia contribuyó a abrir un expediente ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos y a fortalecer la solicitud de Alerta por Violencia de Género en la Ciudad de México en 2017.


El caso no es aislado: de acuerdo con cifras contenidas en la sentencia, la violencia de género en espacios universitarios ha sido señalada como un problema estructural, donde las víctimas enfrentan dobles castigos: por un lado la agresión, y por otro, la institucionalización de su revictimización. La propia defensa de la denunciante advirtió en la audiencia que este no es un caso excepcional, sino parte de un patrón en el que “agresores sexuales buscan revertir su papel denunciando juridicamente quienes valientemente los señalan”. Una estrategia que intenta inhibir la protesta legítima mediante el uso perverso del sistema judicial.


La sentencia del tribunal no solo ratifica la improcedencia del amparo, sino que sienta un criterio judicial contra el uso instrumental del aparato legal para intimidar a mujeres que denuncian violencia sexual. El fallo reconoce que la protesta social, las publicaciones y las acciones emprendidas por la comunidad universitaria se enmarcan en el ejercicio legítimo de la libertad de expresión y el derecho a una vida libre de violencia.


Mientras para algunos estas denuncias pueden parecer escraches o campañas de desprestigio, para las sobrevivientes son mecanismos de defensa frente a la impunidad estructural y el silencio institucional. Esta vez, la justicia sí llegó. Y con ella, la reafirmación que la protesta, la sororidad y la persistencia pueden abrir grietas incluso en los muros más rígidos del poder.


Conoce la sentencia completa en: https://sise.cjf.gob.mx/SVP/word1.aspx?arch=94/0094000033216153008.pdf_1&sec=Edgar_Salgado_Pelaez&svp=1