Del “ayudar en casa” al derecho humano: el fallo histórico de la Corte Interamericana de Derechos Humanos
Por primera vez en la historia, un tribunal internacional ha reconocido que cuidar, ser cuidado y cuidarse a una misma no es una “ayuda” ni un “instinto femenino”, sino un derecho humano autónomo que los Estados están obligados a garantizar.
En su Opinión Consultiva 31/25, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) estableció que el cuidado, el autocuidado y el acceso a la salud sexual y reproductiva deben estar en el centro de las políticas públicas. La decisión llega tras décadas de exigencia de movimientos feministas y organizaciones de derechos humanos para que el cuidado deje de ser una carga privada impuesta mayoritariamente a las mujeres y se reconozca como una cuestión de justicia social.
Lo que dijo la Corte
El fallo reconoce que el autocuidado está directamente vinculado al derecho a decidir sobre el cuerpo, el parto, la maternidad y la salud reproductiva. Y va más allá: obliga a los Estados a garantizar condiciones reales —no solo en el papel— para que las personas puedan ejercer ese derecho.
Entre las medidas que la Corte plantea están:
*Reconocer el valor económico del trabajo de cuidado.
*Licencias de paternidad obligatorias y equivalentes a las de maternidad.Flexibilidad laboral para personas cuidadoras.
*Redes comunitarias de cuidado y servicios públicos accesibles.
*Acceso universal a salud sexual y reproductiva con consentimiento libre e informado.
Un cambio con nombre y cifras
En América Latina, las mujeres dedican tres veces más tiempo que los hombres al trabajo de cuidado no remunerado. Esta desigualdad se agrava cuando el género se cruza con pobreza, edad, raza, discapacidad o estatus migratorio. Según la Corte, sin un enfoque interseccional, cualquier política de cuidado corre el riesgo de dejar a muchas atrás.
Para Catalina Martínez Coral, vicepresidenta para América Latina y el Caribe del Centro de Derechos Reproductivos, “Hoy se salda una deuda histórica con las mujeres de la región. El cuidado dejó de ser un rol asignado por estereotipos y se reconoce como un derecho que debe ejercerse en condiciones de igualdad”.
El contexto: de la teoría a la política pública
El pronunciamiento llega a días de que la XVI Conferencia Regional sobre la Mujer de la CEPAL se realice en Ciudad de México, con el eje temático de la “sociedad del cuidado”. La coincidencia no es menor: la Corte ha puesto sobre la mesa que, sin presupuesto, corresponsabilidad y participación social, la igualdad de género seguirá siendo una promesa vacía.
Organizaciones feministas y redes de trabajadoras del hogar ya exigen que este hito se traduzca en leyes nacionales, presupuesto etiquetado y mecanismos de seguimiento. En México, por ejemplo, ven la oportunidad de dar el impulso definitivo a una Ley General del Sistema Nacional de Cuidados con enfoque de género, interculturalidad y perspectiva interseccional.
Un precedente que trasciende lo jurídico
Más que un fallo, la Opinión Consultiva 31/25 es un punto de inflexión político y simbólico. Reconoce que el cuidado no es un asunto privado ni una tarea “natural” de las mujeres, sino una responsabilidad colectiva que involucra a familias, comunidades, empresas, sociedad civil y Estado.
Ahora, la pregunta es quién se atreverá a convertir esta victoria jurídica en política pública tangible. Porque cuidar es un derecho, y después de este fallo, los Estados ya no pueden alegar que no lo sabían.